España, un estado incumplidor
España se arriesga a tener que pagar multas millonarias por el retraso acumulado a la hora de trasponer cuatro directivas europeas que debían estar en vigor en España desde hace alrededor de tres años, según la información facilitada por el Gobierno en una respuesta parlamentaria.
Se trata de las directivas sobre las cuentas de pago básicas, sobre la ley de créditos inmobiliarios, sobre adjudicación de contratos de concesión y sobre la contratación por entidades que operan en los sectores de agua, energía, transportes y servicios postales.
En respuesta a una pregunta del diputado del PDeCAT Jordi Xuclà, el Gobierno admite que, de las 53 directivas pendientes de trasponer al Derecho español, 21 se encuentran ya fuera de plazo. Los temas son diversos: desde sanciones penales por abusos comerciales hasta el relativo al registro de pasajeros para la prevención del terrorismo (el conocido como PNR).
Por el momento, solo por cuatro de ellas la Comisión Europea ha denunciado a España ante el Tribunal de Justicia de la UE y ha pedido que se impongan multas. La cuantía de la multa la decide el Tribunal y, salvo que éste disponga otra cosa, se empezará a aplicar a partir del día en que se publique la sentencia.
A fecha de 16 de enero de 2019 –la que recoge la respuesta parlamentaria– la directiva sobre adjudicación de contratos de concesión llevaba un retraso de 1.003 días, y Bruselas pide por el retraso una multa de 61.934 euros. El mismo retraso lleva la de contratación por sectores de agua energía, pero la multa solicitada es mayor, 123.928 euros diarios.
En cuanto a la de contratos hipotecarios, el retraso suma ya 1.031 días y la multa que pide la Comisión es de 105.991 euros diarios. Por último, la directiva sobre cuentas básicas lleva un retraso de 850 días y el retraso puede suponer para España una multa de 48.919 euros por cada día.
En su respuesta, el Gobierno justifica estos retrasos «fundamentalmente» en la necesidad de consultar con los sectores y pedir informes a numerosas instituciones, pero también «a la complejidad de la materia, a la sensibilidad política y social, a los intereses económicos», al periodo «considerable» que el Gobierno estuvo en funciones –en 2016– y a «eventuales retrasos en la tramitación parlamentaria».
A lo largo de 2018, detalla también el Ejecutivo en su respuesta, se traspusieron al ordenamiento jurídico español un total de 54 directivas, de temas tan dispares como la comercialización de semillas, los químicos utilizados en los juguetes, la seguridad de las operaciones de petróleo y gas mar adentro o la reducción del consumo de bolsas de plástico.
NUEVO CRITERIO DE LA COMISIÓN
En contra de España juega el hecho de que, ahora, la Comisión Europea ha endurecido el procedimiento sancionador contra los Estados miembros. Antes, lo habitual era que, tras una primera sentencia del Tribunal decretando el incumplimiento, si el Estado seguía acumulando retrasos la Comisión volvía a dirigirse a la Corte para que impusiera una multa –que se computaba a partir de la fecha de la primera sentencia–.
Ahora, en virtud del Tratado de Lisboa, la Comisión puede pedir una multa para el Estado incumplidor ya en su primer recurso. La fecha en la que empieza a aplicarse la multa la fija la sentencia –en estos casos, la Comisión pide que sea a partir de la fecha de la sentencia–.