La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha condenado a 3 años y 3 meses de prisión y 5.670 euros de multa, como autores de un delito contra la intimidad, a los dos acusados de ‘La Manada’ que grabaron siete vídeos y realizaron dos fotografías de la violación grupal continuada perpetrada por ellos y por los otros tres procesados el 7 de julio de 2016 en Pamplona.
En la sentencia, que puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, los magistrados han impuesto a los dos condenados, A.M.G.E. y A.C.E., las máxima pena de prisión solicitada por las acusaciones -la particular, ejercida por la víctima, y las dos populares, ejercitadas por el Gobierno de Navarra y el Ayuntamiento de Pamplona-, así como la mayor multa, reclamada en este caso por las dos acciones populares.
Los jueces han absuelto a los otros tres encausados del delito contra la intimidad imputado por la fiscalía y las acusaciones al entender que el delito se consumó de manera instantánea con las grabaciones y la toma de dos fotografías sin que ellos «aportaran nada causalmente relevante para la consumación» del delito, esto es, «no aportaron ninguna colaboración objetiva y causal, eficazmente dirigida a la consumación del delito expresado».