La Teniente Auditora Instructora E.M.T. bajo la dirección directa del General Jefe del MAGEN Jorge Clavero Mañueco, impedía el miércoles 27.11.2019 la entrada de la defensa en una prueba testifical que se iba a realizar con motivo de la instrucción de una falta grave.
Se trata de un expediente sancionador ya bastante viciado desde el principio en el que dicha instructora ha dado otras muestras de actuaciones que directamente perjudicaban al encartado como la de no eliminar de dicho expediente la única prueba existente, una prueba que debió ser retirada al haberse obtenido de forma ilícita y violando el derecho fundamental del encartado a la intimidad de su vida privada.
Así, la teniente E.M.T. impedía que el Sr. Ricard Mityana, vicepresidente de la Asociación Cuestión de Justicia y Honor, que acudía con un poder notarial para obrar en nombre del encartado accediera a la prueba testifical, una comparecencia perfectamente justificada por el hecho de que con motivo de este expediente el encartado se encontraba convaleciente resultándole imposible acudir personalmente.
Hablamos de una de las pruebas testificales más importantes para la defensa pues se tomaba declaración al Bgda. R.R.E miembro del destacamento que, de forma maliciosa y atribuyéndose competencias que no le correspondían obtuvo la prueba que la teniente E.M.T. se ha negado a eliminar del expediente.
¿Qué es lo que la teniente no quería que presenciara la defensa?, ¿Acaso iba a realizar un testimonio dirigido indicando al testigo lo que necesitaba oír para poder justificar un expediente que debió ser archivado directamente por el General del MAGEN al violarse la presunción de inocencia por estar basado en una prueba ilícita que violaba su derecho constitucional a la intimidad? ¿Se trataba de impedir que la defensa articulara preguntas que pusieran al descubierto las responsabilidades legales y penales del Bgda. R.R.E y del Jefe del destacamento el Teniente Coronel Alberto Valero Martínez?