Brutal nuevo caso de corrupción policial. El coordinador de la Primera Unidad de Intervención Policial (UIP) de la Policía Nacional, también conocidos como antidisturbios, había sido el responsable de la detención de los jóvenes R.R. y J.O. durante la manifestación del Rodea el Congreso de 2013.
En un primer momento, tal como indica Público, el coordinador de la Primera Unidad de UIP señaló en el atestado, firmado la misma noche de los incidentes, que había detenido a los jóvenes por «insultar y entorpecer de forma grave la actuación policial» y a R.R, en concreto, por intentar golpear a los agentes.
Este mismo coordinador de la UIP había reiterado en sede judicial que sí había habido agresión, otro agente había afirmado que la chica se abalanzó sobre los agentes lanzando «manotazos y patadas» y, por último, un tercer agente había señalado que el joven detenido había lanzado «patadas y golpes» para intentar evitar la detención de su amiga.
El coordinador, junto con otros dos agentes, firmó el atestado policial de sus detenciones, acudió a declarar a fase de instrucción y, también, al juicio. La Fiscalía pidió para los dos jóvenes una pena de tres años de prisión para cada uno. La razón: haber agredido o intentado agredir a un agente de Policía para entorpecer su labor en dicha manifestación.
La versión de este coordinador varió de cara a su declaración en fase de instrucción. En este momento, el agente de Policía señaló que la mujer le increpó llamándole «cabrón e hijo de puta» y «dándole palmadas en el pecho». Ya no era un intento de agresión, sino, directamente, la mujer había golpeado en el pecho al coordinador de la Primera Unidad de UIP.
Pero aún quedaba una nueva declaración más. Seis años después, en el juicio que tuvo lugar en el juzgado de lo penal nº 11 de Madrid a finales de 2019, el mismo agente de Policía indicó que la joven le había empujado y lanzado «patadas». «Me llegó a agredir con alguna patada y algún puñetazo también lanzó», señaló el agente de Policía en el juicio, a la vez que afirmaba que los insultos proferidos por la joven no tenían nada que ver con su detención.
La defensa de los dos jóvenes pidió al juzgado de los penal nº11 de Madrid que dedujera testimonio contra los agentes. Es decir, que sacara copia testimoniada de la declaración de los agentes del vídeo del juicio, del atestado y lo confrontara con las imágenes que permitieron comprobar la inocencia de los acusados.
Un vídeo, aportado por la defensa, demostró que los acusados no habían agredido ni intentado agredir a los agentes. Tampoco habían tratado de evitar la detención de otra persona, tal y como les incriminaban. Las imágenes también demostraron, y en palabras del magistrado, que la actuación de los policías fue «absolutamente desproporcionada».
Visto la grave irregularidad policial, el magistrado resuelva si accede a deducir testimonio contra los agentes por posible falso testimonio o, por el contrario, no emprende ningún tipo de acción ante unas declaraciones de agentes de Policía no ajustadas a la realidad. Nuevo caso para apreciar como están los tejemenejes de la policía y la justicia española.