Surrealista, el chanchullo del Estado. Ni en tiempos de máxima crisis pierde, al menos entre sus ciudadanos. Los contribuyentes que hayan estado en un ERTE (expedientes de regulación de empleo temporales) van tener que pasar por caja. Primero, la Agencia Tributaria entiende que la Seguridad Social es un pagador, igual que una empresa, razón por la que el afectado por ERTE estará obligado a hacer la declaración de la renta.
Así, aunque no se ganen más de 22.000 euros durante un ejercicio fiscal, si se tienen dos pagadores o más y cualquiera de los segundos pagadores ha abonado más de 1.800 euros, hay que hacer declaración de la renta. Lo explica Adolfo Jiménez, presidente de la Asociación Española de Asesores Fiscales y Gestores Tributarios (Asefiget).
Los expedientes de regulación excepcionales por el coronavirus han supuesto un salvavidas, temporal, para las familias españolas. Gracias a ellos, más de 3,4 millones de trabajadores reciben una prestación de desempleo, con pluses por hijos, a cargo de la Seguridad Social. Sin embargo, con ese criterio económico #MarcaEspaña la mayoría de los receptores van a tener que ‘devolver’ parte de esta ayuda a la Agencia Tributaria.
La cantidad que tenga que abonar el trabajador por el IRPF ‘impagado’ va a depender de numerosas circunstancias, como el tramo fiscal al que se tenga que someter y la cifra final que reciba en total por la prestación. Por ejemplo, en el caso de que el contribuyente haya cobrado una prestación mensual de 1.000 euros durante tres meses y tenga el IRPF más común aplicado a su salario habitual (entre el 12% y el 14%) tendrá que pagar a Hacienda hasta 420 euros. Brutal.