El Tribunal ha considerado que las cuatro denuncias analizadas eran falsas, y que «el acusado actuó de manera deliberadamente incorrecta en su proceder, reseñando en los cuatro boletines de denuncia datos inveraces».
En uno de los casos, el tribunal considera materialmente imposible que la patrulla estuviera en el lugar de la denuncia falsa, puesto que hay pruebas irrefutables que ubican a la patrulla en otro lugar totalmente distinto en ese mismo instante.
En otro de los casos, se cambió el lugar donde se citaba en la multa, para así poder justificar la intervención de la Guardia Civil (que solamente puede actuar en determinadas zonas, concretamente en vías interurbanas del término municipal de Almería).
El tribunal considera que el agente actuó de manera premeditada, en base a un plan que tenía previamente establecido.
La sentencia aún es recurrible.