La junta de gobierno de la Institución de las Letras Catalanas publicó ayer un comunicado en el que muestra su postura crítica respecto a la sentencia del Tribunal Supremo en la que se prohíbe el uso administrativo del catalán, y valenciano. Con esta sentencia, anula parcialmente un decreto de la Generalitat de Valencia que contemplaba el uso de la lengua autóctona en la comunicación administrativa cuando las destinatarias era autonomías «del mismo ámbito lingüístico» del catalán: Baleares y Cataluña.
Contenido del comunicado
«Reunida en sesión ordinaria de 18 de junio de 2020, la Junta de Gobierno de la Institución de las Letras Catalanas ha tenido noticia de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo en la que anula varios preceptos del Decreto 61/2017, de 12 de mayo, del Consejo, por el que se regulan los usos institucionales y administrativos de las lenguas oficiales en la Administración de la Generalidad (DOGV núm. 8046 de 23 de mayo de 2017).
La Junta de Gobierno de la Institución de las Letras Catalanas manifiesta que:
No comparte la argumentación utilizada por el tribunal referida a la falta de validez jurídica del concepto «ámbito lingüístico». La Institución de las Letras Catalanas tiene encomendado el encargo explícito de: «Promover la presencia pública, el conocimiento y la difusión de la literatura catalana, la clásica y la actual, dentro de su ámbito lingüístico, en todos los sectores y estamentos de la sociedad y por todos los medios de difusión posibles »(ley 20/1987, de 12 de noviembre, art. 3b). Igualmente, tiene encomendada la misión de «Promover el espacio de intercambio y la relación entre los escritores en lengua catalana de todo el dominio lingüístico» (art. 3d).
Así pues,
Denuncia que el intento de impedir la comunicación en la lengua compartida entre administraciones públicas de diferentes comunidades autónomas vulnera la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias, firmada y ratificada por España.
Manifiesta que, de acuerdo con su mandato fundacional, histórico y jurídico, tal como ya hizo entre 1937 y 1939 y, nuevamente, desde 1987 a esta parte, la Institución de las Letras Catalanas continuará trabajando, como tiene legalmente encomendado, para promover la presencia pública, el conocimiento y la difusión de la literatura escrita en la lengua propia de la ciudad sarda de Alguer, de las Islas Baleares, la Comunidad Valenciana, de la Franja de Ponent, del Principado de Cataluña, del Principado de Andorra, de las comarcas de la Cataluña Norte y los municipios de Yecla, Jumilla y Favanella, el Carche. »
Extralimitación de competencias
El Tribunal Superior de Justicia valenciano consideró que el decreto promulgado en 2017 por el ejecutivo del PSOE y Compromís, recurrido por el PP, se arroga competencias del gobierno central español. Este mismo tribunal ya había anulado anteriormente varios preceptos del decreto en cuestión que regula el uso de las lenguas oficiales (castellano y valenciano) en la Administración valenciana.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo ha confirmado lo dicho por el Tribunal Superior de Justicia de Valencia, desestimando así los recursos de casación interpuestos por la abogacía de la Generalitat valenciana y por la Intersindical.
Once artículos y una disposición final anuladas
Han sido once artículos y una disposición final del decreto las que han sido anuladas por el Supremo. Hacen referencia a las notificaciones en los trámites administrativos, rotulación de edificios y dependencias públicas, comunicación entre los empleados públicos y la de éstos con la ciudadanía, publicaciones y publicidad institucional, contratos con proveedores, rotulación de carreteras, caminos y otras dependencias y servicios de interés público que dependa de entidades locales.
El valenciano, el catalán, el balear ¿una unidad?
Uno de los preceptos que se ha anulado señalaba que las comunicaciones de la administración deberían emitirse en catalán y castellano cuando fueran a recibirse fuera de los territorios donde el catalán es lengua oficial. O sea: si hubiera de enviarse un documento oficial a Castilla La Mancha, habría de hacerse en valenciano y en castellano. Si el documento se hubiera de enviar a Barcelona, con este precepto, sería suficiente hacerlo en valenciano.
El problema surge con el concepto «mismo ámbito lingüístico», pues para el Supremo, «es un concepto jurídico ajeno a la norma estatal aplicable e infringe artículos de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas como de la Constitución y desborda la competencia estatal».
Para el PP, hablar del «mismo ámbito lingüístico» conlleva reconocer la unidad entre el catalán, el valenciano y el balear. Y para los populares, el valenciano es diferente al catalán.
La RAE considera al valenciano una vertiente del catalán y esta es una cuestión que dentro de los filólogos plantea distintas corrientes.
Para la Abogacía de la Generalitat, la Sala estaba centrándose en una diferencia meramente nominativa: referirse al valenciano o al catalán. Algo que según señalan hace referencia «a una única lengua, que es oficial en la Comunitat Valenciana y en otras comunidades autónomas, en las que recibe distinta denominación».
Para la Intersindical, el Tribunal Superior de Valencia dictó la sentencia en contra de su propia jurisprudencia, ya consolidada desde 2005, donde se admitía que «valenciano y catalán son dos denominaciones de una misma lengua». También señalan que con esta decisión se estaría pudiendo vulnerar lo establecido por el Tribunal Constitucional en su sentencia 75/1997 de 21 de abril.
Además, hacen hincapié en que el uso del catalán o valenciano no implica discriminar al uso del castellano.
El Tribunal establece que la regulación del uso de la lengua cooficial en procedimientos administrativos destinados a otra comunidad autónoma «está atribuida de forma exclusiva al Estado, según la distribución de competencias que establece el artículo 149.1.18 de la Constitución».
Con esta son ya cuatro las sentencias que dicta el Supremo contra el decreto del uso del valenciano. Sin embargo, contrariamente a lo que pueda pensarse, el Partido Popular está recurriendo el decreto porque se mete «en el mismo saco» al catalán y al valenciano, algo que no está entendiéndose más allá de Valencia.
Reacciones a la sentencia
Para el president Quim Torra, «Acatar esta sentencia sería aceptar una burla monstruosa e ignominiosa a nuestra lengua. Desde luego, la Generalitat de Cataluña seguirá comunicándose en catalán, lengua común, con los gobiernos de las Islas Baleares y del País Valencià». Afirmó.
Por su parte, cuando Ximo Puig fue preguntado sobre la sentencia, en un primer momento evitó hacer comentarios al desconocer su contenido. Sin embargo, desde el Gobierno valenciano ya se ha anunciado que la sentencia será recurrida ante el Constitucional. Vicent Marà calificó la decisión de «desprecio a nuestra lengua y a nuestras competencias»
Compromís, por su parte, emitió un comunicado oficial donde consideraban que la sentencia supone un «ataque al autogobierno valenciano». Además, afirmaban que la decisión del Supremo «impide cualquier avance hacia la igualdad lingüística».
Acció Cultural del País Valencià, Ominium Cultural, Obra Cultural Balear, principales entidades de promoción de la lengua de la Federación Llull, hicieron ayer una valoración conjunta señalando que con esta sentencia el Tribunal Supremo «en la práctica niega al valenciano el carácter de lengua propia del pueblo valenciano y la subordina al castellano».
«Bon día» como protesta
La manera de mostrar rechazo a esta sentencia se ha hecho viral en las redes sociales. De esta forma, desde instituciones oficiales, así como distintos cargos públicos, han comenzado a darse los buenos días en catalán: «Bon día».
https://twitter.com/GVAeducacio/status/1273148386544410626?s=20
https://twitter.com/gencat/status/1273175139828535303?s=20