El Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña ha acordado, a instancias del Estado, la ejecución provisional de la sentencia dictada el pasado 2 de septiembre que declara que el Pazo de Meirás es carácter público y ordena a la familia Franco su devolución.
La magistrada declaró en la sentencia que la donación supuestamente efectuada en 1938 de la finca denominada «Torres o Pazo de Meirás» al «autoproclamado jefe de Estado, Francisco Franco Bahamonde» era nula por carecer del requisito esencial de forma. Además, también declaró nula la parte de la escritura por la que los herederos de Franco se habían hecho con la finca. Lo mismo ocurrió con la donación fechada en 1982.
Tampoco se ha concedido indemnización a los Franco por los gastos en los que dicen haber incurrido para el mantenimiento de la propiedad durante estos años.
La juez ha fijado la entrega voluntaria del inmueble por parte de la familia Franco el día 10 de diciembre a las 11.00 horas. «Por motivos de seguridad, y con el fin de preservar su integridad, la entrega será verificada por la comisión judicial en el propio pazo» ha señalado. Si no procedieran de esta manera, ha señalado la juez que deberán ser desalojados inmediatamente.
Los demandados, mediante escrito, se han mostrado conformes con la ejecución provisional de la sentencia, mientras se ventila por la Audiencia de A Coruña el recurso de apelación presentado.