viernes, 22 de noviembre del 2024

[Vídeo] Estrasburgo vuelve a condenar a España por no investigar una denuncia de torturas

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Josep Herrera
Josep Herrera
Periodista Journalist Press                                                                                                                                                                             diariolasrepublicas@gmail.com
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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado a España a indemnizar con 20.000 euros a Iñigo González Etayo, por no haber investigado de manera «exhaustiva y eficaz» su denuncia de torturas. La sentencia del TEDH considera vulnerado el artículo 3 de la Convención Europea de Derechos Humanos, que concluye que «nadie podrá ser sometido a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes», en su vertiente procesal. González Etayo fue detenido en enero de 2011 por la Guardia Civil junto a otros jóvenes navarros, todos ellos acusados ​​de pertenecer a Ekin.

Todos ellos refirieron haber sufrido torturas durante su detención e incomunicación. El Tribunal afirma en su sentencia que González Etayo describió «de manera precisa y circunstancial los malos tratos de los que afirmó haber sido víctima durante su incomunicación. Considera que «la gravedad de los delitos objeto de la denuncia del demandante merecía, por tanto, una búsqueda exhaustiva por parte del Estado, capaz de conducir al esclarecimiento de los hechos, la identificación y, en su caso, en este caso, el castigo de los responsables».

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Marlaska debe dar explicaciones de las torturas

Sobre las investigaciones llevadas a cabo por las autoridades judiciales españolas ante las denuncias de maltrato y torturas, el Tribunal sostiene que «el juez de instrucción central número 3 no respondió a las solicitudes de los miembros de la familia del demandante relativas a las medidas de investigación y protección del solicitante mientras se encontraba bajo custodia policial, ni tampoco ordenó ninguna medida de investigación a raíz de las declaraciones del demandante ni remitió el expediente a otro juez competente».

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Para el TEDH, «corresponde a los jueces con jurisdicción sobre la custodia en régimen de incomunicación adoptar un enfoque más proactivo de las facultades de vigilancia de que disponen». La Corte europea constata que no ha habido una investigación «exhaustiva y eficaz» sobre la denuncia de torturas del vecino de Barañain, por lo que considera que se ha violado el artículo 3 de la Convención Europea de Derechos Humanos en su vertiente procesal. Grande Marlaska debe dar explicaciones sobre esa detención y las posteriores torturas.

Vídeo:

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