En plena controversia por el tan demandado aumento salarial a los militares con una “subida lineal”, que se planea solo en los complementos, esta Asociación tiene evidencias de que el Complemento de Dedicación Especial (CDE), podría estar siendo asignado de manera corporativista y poco objetiva, esta vez es el propio responsable de la Subdelegación General de Servicios Económicos y Pagadurías, el general Joaquim Pérez-Iñigo García Malo de Molina, el que certifica la manera de distribuir dicho complemento. Un concepto retributivo que se considera controvertido, por su concesión discrecional por parte del mando, algo que podría estar derivando en una concesión “a dedo”.
Según el Real Decreto que regula este complemento, existiría una serie de criterios por los que claramente no podría ser asignado, esto es no estaría permitido concederlo “…por razón del empleo, o de la antigüedad en el mismo o en el destino, ni tampoco por la realización de guardias y servicios.”.
En febrero del año 2.019, la Asociación Cuestión de Justicia y Honor (CJYH) ya hizo pública la noticia de que el Ejército del Aire podría estar repartiendo este complemento de manera corporativista, ya que el general Emilio Gracia Cirujeda (actual jefe del MAGEN) firmaba junto, a los exresponsables del EA, los generales García Arnaiz y Gil Rosella, una NOTA INFORMATIVA (documento sin valor vinculante), en la que se plasmaba un reparto por escalas y por graduaciones, y que mandos como el Coronel Andrés Gamboa de la Calleja exjefe del Ala 31, consideran como norma de obligado cumplimiento cuando dice:
“En todo caso, le informo que los criterios de distribución del complemento de dedicación especial en esta Unidad son los expuestos en la Nota Informativa del JEMA sobre “Propuesta de Distribución del Complemento de Dedicación Especial (CDE)”
Una norma a la que rodea un aura de ocultismo y de opacidad y su concesión de manera irregular, como bien reconocía la diputada Zaida Cantera cuando formaba parte de la oposición, en una de sus intervenciones en el Congreso de los diputados (https://youtu.be/8QmBaIVXZR8). Otras Asociaciones militares también lo consideran como un “Sucedáneo de sanción” (https://bit.ly/39oZKpP), o “sanción encubierta” (https://bit.ly/37aE8uu).
Es preciso aclarar aquí para una mejor comprensión de lo anterior que no se puede justificar una mayor proporción de generales y oficiales en el cobro de este complemento en la falacia de la justificación de que son puestos de mayor responsabilidad o especiales condiciones, pues estas características ya se estarían pagando con el complemente específico de destino, un complemento que varía precisamente en base a las especiales condiciones de responsabilidad, peligrosidad, etc de cada puesto de trabajo. Se estaría pagando dos veces por lo mismo.
Es más podría darse, el caso de que un suboficial que ocupara un puesto de trabajo correspondiente a un paracaidista cobrase un complemento específico de destino superior al de un capitán que no lo fuera.
Este Complemento que según la norma es potestativo en su concesión en la figura del Subsecretario de Defensa, función que desempeña ahora la señora María Amparo Valcarce
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“NOSOTROS PRESENTAMOS LOS HECHOS, AHORA JUZGUEN USTEDES”
ASOCIACIÓN CUESTIÓN DE JUSTICIA Y HONOR
REGISTRO Nº617061 OURENSE 07.01.2021
García, (novena responsable de este área desde la entrada en vigor de este apartado retributivo), es delegado para su control y concesión en un listado de generales subordinados de hasta 23 altos mandos, mientras el Jefe del Estado Mayor de Tierra delega en otros 73 mandos intermedios. La Armada y el Ejército del Aire, por otro lado, no publican nada al respecto en el BOD.
Estos 96 mandos, en los que la señora Valcarce delega las competencias, son los que tienen que repartir dicho complemento, por ejemplo, a los 296 generales que, en el ejercicio del año 2.019, devengaron un total de 3.436.374,55 millones de Euros.
Así cabría preguntarse, ¿se autoasignaron dicho complemento? ¿Qué trabajos de “ESPECIAL RENDIMIENTO” más allá de los comprendidos en las competencias ya remuneradas de su propio puesto de trabajo realizaron?, ¿lo cobran los militares recuperados de la reserva?, ¿es que no hay personal en activo para realizar esos trabajos?
Ni que decir tiene que la mayoría de los Jefes de Unidad, se niegan a publicar las listas de percepción de este documento para conocimiento de sus hombres, amparándose en la Ley de protección de datos personales, sin embargo, existen normas que promueven la transparencia y por supuesto reconocimiento de los militares que destacan por su competencia y entrega.
La norma de concesión establece cinco criterios “ORIENTATIVOS” para la concesión de dicho complemento, de las que cabe resaltar:
- Actividades adicionales a desarrollar, o desarrolladas.¿Cómo se pueden valorar objetivamente los trabajos adicionales si el Ejercito no tiene definidas en la Relación de Puestos Militares (RPM) las actividades básicas de cada plaza?
- Trabajos que requieran una permanente localización. ¿Qué militar no está permanente localizado?, esta asociación es conocedora de el empeño del mando por la continua localización de todos sus efectivos, incluso los que están de baja, por lo cual gracias a este concepto se podrían conceder a todos los militares.
Todas estas incógnitas en relación al Complemento de Dedicación Especial, ahora el general Joaquim Pérez-Iñigo, parecen ahora despejarse con la certificación del responsable de Asuntos económicos de la Subsecretaria de defensa, ya que en el cuadrante refleja un claro sesgo, por el que a mayor graduación mayor percepción de tanto porcentual.