La primera figura que encontramos es la que la Directiva 2019/1937 llama “alertador” o denunciante, mala traducción del inglés de la palabra “whistleblower” (el que toca el pito o da la alarma) porque es quien efectúa la denuncia
La segunda, y eso es una gran novedad, es la figura del “facilitador”, que es aquella persona que auxilia al denunciante y al proceso establecido, con una protección muy parecida a la del alertador.
La tercera es el “afectado”, neolenguaje del denunciado, que es aquella institución, persona jurídica o también persona física contra quien se dirige la denuncia
Y finalmente tenemos la figura del “instructor” que es la persona con conocimiento, independencia y formación que dirige la investigación, practica las pruebas que estime oportunas y llega a una resolución que comunica a las partes
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