La ley catalana de igualdad de trato y no discriminación fue aprobada por el Parlament de Cataluña el pasado mes de diciembre del 2020. En ella, se contempla la posibilidad de tramitar investigaciones y abrir expedientes sancionadores por trato vejatorio o degradante por motivos de raza, religión o procedencia, la exhibición en la calle de mensajes discriminatorios, así como la convocatoria de manifestaciones o movilizaciones que tengan este contenido o motivación.
Mireia Mata, secretaria general de Igualtat de la Generalitat ha anunciado que durante las próximas semanas se nombrará a la persona responsable de dirigir la oficina que se encargará de llevar a cabo la investigación de este tipo de delitos. El organismo contará con funcionarios y expertos en el ámbito de la no discriminación, tanto desde una perspectiva jurídica como desde la mediación.
El reglamento que desarrollará las funciones de la entidad, así como el régimen sancionador, está ahora mismo en manos del grupo de trabajo, que lo presentará en las próximas fechas, dando lugar a su aprobación a comienzos del año 2022. Los casos más graves se trasladarán de facto a la vía judicial.
La multa puede alcanzar la cantidad de 500.000 euros.
Desde la perspectiva del fiscal contra los delitos de odio de Barcelona, Miguel Ángel Aguilar, se debería plantear también la vía inversa, es decir, que la fiscalía pudiera derivar a esta entidad aquellos casos que, sin ser graves como para considerarse delito, sí debieran ser sancionables con una multa administrativa.