viernes, 22 de noviembre del 2024

[Sentencia] La justicia anula parte de las elecciones de la Cámara de Comercio de Barcelona

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Josep Herrera
Josep Herrera
Periodista Journalist Press                                                                                                                                                                             diariolasrepublicas@gmail.com
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Tal como suena, el juzgado 15 de Barcelona ha anulado parte del resultado de las elecciones a la Cámara de Comercio a raíz de dos recursos presentados por las empresas Aliment l’Escala S.L. y Ma Jid Quing S.L. En concreto, ha anulado los resultados correspondientes a seis vocalías escogidas.

Según considera el juzgado, la actuación administrativa que dio lugar a este resultado electoral «ha vulnerado el derecho fundamental a la igualdad». Las sentencias no son firmes y pueden presentarse recursos de apelación.

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La Cámara de Comercio argumentan que la sentencia sobre sus vocalías no tiene «ninguna afectación» y que hasta que no sean firmes no entrarán en vigor y que no se prevé que el proceso judicial finalice antes de las próximas elecciones, lo que impediría ningún efecto de las resoluciones.

El juzgado considera que el sistema de voto electrónico implantado no fue suficientemente efectivo y no garantizó la identificación plena de los votantes, “hasta el punto que fue necesario, a posteriori, ‘estudiar’ un determinado número de votos ‘sospechosos’, para después de realizar una serie de investigaciones, incluyendo llamadas telefónicas a los electores, determinar la validez o no del voto”.

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Sin embargo, no acepta el argumento de haber vulnerado el principio de igualdad diciendo que el único idioma admitido era el catalán, y no el castellano o el inglés, y que los recurrentes, como pakistaníes, no entendían las instrucciones .

La sentencia dice que, por un lado, no puede considerarse la ausencia del inglés como un agravio, porque no es un idioma oficial. Y por otro, dice que no es cierto que sólo estaba en catalán, sino que dependía de la dirección web que se hubiera escrito en el navegador.

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[Sentencia a la Cámara de Comercio]:

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