El Tribunal Supremo (TS) ha abierto juicio oral contra la exconsellera de Agricultura de la Generalitat de Catalunya, Meritxell Serret, ahora diputada de Esquerra, por un delito de desobediencia grave, pero será el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) quien la juzgue. Porque es «el órgano competente para su enjuiciamiento», puesto que no se ha formulado acusación por malversación de caudales públicos contra ella.
Así pues, Serret, a diferencia del resto de miembros del Govern durante el 1-O, será juzgada en Catalunya en lugar de hacerlo en el Supremo. La exconsellera regresó del exilio en Bélgica tras la sentencia del TS y la retirada de las euroórdenes contra ella. Hay que recordar que antes de recoger su acta de diputada, ahora hará un año, se presentó al tribunal, que la dejó en libertad con cargos.
En un auto, el tribunal argumenta que las acusaciones, la Fiscalía, la acusación popular ejercida por Vox y la Abogacía del Estado, ya aceptaron en febrero el auto de conclusión de sumario del magistrado instructor, Pablo Llarena, y desistieron pedir que se la juzgue por malversación. Así, como dice el Supremo en el auto, la apertura de juicio es «exclusivamente» por desobediencia.
Por eso, en aplicación de la ley de enjuiciamiento criminal (artículo 19.3) y teniendo en cuenta su condición de diputada en el Parlament así como “en coherencia al criterio de la sala” en relación con otros acusados por el proceso, el Supremo declina juzgarla a favor del TSJC. Otro flagrante caso más de represión desde el Estado español hacia el Procès y el 1-O.