jueves, 31 de octubre del 2024

El TGUE tumba el recurso de Puigdemont y Comín y avala el veto inicial de la Eurocámara

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Josep Herrera
Josep Herrera
Periodista Journalist Press                                                                                                                                                                             diariolasrepublicas@gmail.com
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Sentencia del Tribunal General de la Unión Europea (TGUE), que ha rechazado el recurso de los eurodiputados de Junts, Carles Puigdemont y Toni Comín, contra la Eurocámara por la negativa inicial a darles el escaño. El recurso lo presentaron en junio del 2019 contra la decisión de la cámara, entonces presidida por Antonio Tajani, de no reconocerles como eurodiputados a la espera de que los tribunales resolvieran la controversia porque no habían jurado la Constitución, tal y como exigía la legislación española.

El tribunal le sigue el juego a España y lo rechaza argumentando que el Parlamento Europeo se «limitó a tomar nota de la situación jurídica» notificada por las autoridades españolas. Así, considera que la «imposibilidad» de tomar el escaño y asumir el mandato de eurodiputados «no se deriva de la negativa» de Antonio Tajani, sino «de la aplicación del derecho español».

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Puigdemont y Comín pedían al tribunal que anulase las decisiones de la Eurocámara que llevaron a negarles el escaño. También reclamaban una indemnización por las retribuciones mensuales que reciben los eurodiputados y que no cobraron. La sentencia del tribunal de primera instancia de Luxemburgo aún podrá recurrirse en última instancia al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

Proceso lleno de obstáculos

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Hay que recordar, que el caso se remonta a mayo del 2019, cuando la lista de Junts, de la que formaban parte Puigdemont, Comín y Clara Ponsatí, ganó las elecciones europeas en Catalunya. En ese momento, a la formación le correspondían dos escaños.

La Junta Electoral Central (JEC) incluyó a Puigdemont y Comín en la lista de candidatos electos, pero la legislación española exige el juramento de la Constitución para tomar posesión del cargo. Ni uno ni otro lo hizo, por lo que en la lista definitiva no aparecían ni Puigdemont ni Comín. Tampoco estaba Oriol Junqueras, a quien el Supremo no dejó salir de la cárcel preventiva por jurar la Constitución.

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De esta forma, Tajani no les reconoció como eurodiputados a la espera de que los tribunales resolvieran la controversia. Puigdemont y Comín accedieron al escaño finalmente en diciembre del 2019, cuando el entonces presidente de la Eurocámara, David Sassoli, les admitió a raíz de la sentencia sobre la inmunidad de Junqueras, que establecía que la condición de eurodiputado se obtiene únicamente por la elección en las urnas.

Carles Puigdemont:

«La sentencia del TGUE desestimando nuestra demanda porque no nos dejaron ser eurodiputados desde el primer día deja claro que cuando se dictaron las euroórdenes nosotros ya teníamos inmunidad. Ya no es, pues, un argumento de parto: ahora ya está en una sentencia europea.»

«La lectura de la sentencia —más allá de la nota de prensa— no sólo nos permite consolidar algunas cosas que hasta ahora sólo decíamos nosotros sino que abre la opción de la casación, como ya ocurrió con las cautelares denegadas por el propio TGUE y posteriormente aceptadas por el TJUE.»

Agencias/CCMA

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