Con la nueva Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA) que lleva en vigor desde el pasado viernes, vienen cambios que serán notables en la emisión. Uno de los principales cambios y que sin duda ya pueden afectar a todos es que las cadenas de televisión ya no están obligadas a comunicar su programación con tres días de antelación. Es decir, a partir de ahora las cadenas podrán contraprogramar sus programas sin llevar implícita ninguna multa.
Hasta ahora, tan solo tenían permitido cambiar sus programaciones por asuntos de actualidad o última hora. «La programación sólo podrá ser alterada por sucesos ajenos a la voluntad del prestador del servicio audiovisual o por acontecimientos sobrevenidos de interés informativo o de la programación en directo», recogía la ley de 2010 que seguía en vigor hasta hace apenas unas horas.
Otra de las novedades que se recogen en la nueva ley tiene que ver con las condiciones que tenían que cumplir hasta ahora los grupos privados a la hora de emitir la publicidad. Desde 2010, los operadores de televisión podían emitir hasta doce minutos de mensajes publicitarios por hora, excluyéndose el patrocinio, el emplazamiento publicitario y las telepromociones.
Con la nueva ley se han creado una serie de límites cuantitativos. Así, aunque la ocupación publicitaria deberá seguir siendo del 20% en el total del día, hay tres horarios diferentes: Entre las 06:00h y las 18:00h, se permite un máximo de 144 minutos de anuncios. Desde las 18:00h y hasta las 00:00h, podremos ver hasta un total de 72 minutos. Y finalmente, el bloque que va de las 00:00 a las 06:00 horas no tiene ningún límite establecido siempre que no se supere el 20%.
Igualmente se excluyen autopromociones, patrocinios, emplazamientos, espacios de promoción a la cultura europea, anuncios de servicio público, espacios de televenta, sobreimpresiones y publicidad híbrida, interactiva o mediante televisión conectada de la regulación.