El TSJC ha denegado las medidas cautelares que pedía una familia para que se aplicara el 25% de castellano a una clase de una escuela de Barcelona. Por primera vez, el tribunal alega que no puede decretar estas medidas porque existe una nueva normativa aprobada por la Generalitat que lo impide. Ahora, las partes pueden presentar alegaciones.
El decreto ley que salió adelante el gobierno a principios de junio para contrarrestar una sentencia del TSJC que obligaba a hacer un 25% de castellano en todas las escuelas e institutos de Catalunya remarca que no puede haber porcentajes en el aprendizaje de las lenguas.
Un mes después, el Tribunal Superior ya admitió que la ley imposibilitaba el cumplimiento de su sentencia y anunció que, ante sus dudas sobre su constitucionalidad, llevaría tanto la ley como el decreto ley al Tribunal Constitucional. Pero se está a la espera de saber si son constitucionales o no, y los trámites para ejecutar la sentencia están suspendidos.
Actualmente, en Catalunya hay una cuarentena de centros en los que, al menos en un grupo, realizan el 25% de las horas lectivas en castellano a raíz de la petición de una familia. Lo hacen en aplicación de las medidas cautelares dictadas por la justicia, o porque ya tienen sentencia.
Ya se preveía que la nueva legislación podía afectar a estos casos, como el de la escuela Turó del Drac de Canet de Mar. En este caso, que se hizo muy mediático, Òmnium ya ha solicitado que se deje de aplicar el 25% de castellano, y prevé hacerlo en el resto de centros.