jueves, 31 de octubre del 2024

Los Presupuestos Generales del Estado ya han sido publicados

Los Presupuestos Generales del Estado de de 2023 incluyen el mayor gasto social de la historia

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Beatriz Talegón
Beatriz Talegón
(Madrid, 5-5-1983) Licenciada en Derecho por la UAH, estudios en economía del desarrollo por la LSE en Pekin. Analista política. Ex Secretaria General de la Unión Internacional de Jóvenes Socialistas Actualmente colabora como analista política en distintos medios de comunicación (prensa escrita, radio y televisión).
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Los Presupuestos Generales del Estado de de 2023 incluyen el mayor gasto social de la historia, que alcanza los 274.445 millones de euros contando con los fondos europeos. Si se descuentan las ayudas comunitarias el gasto social se sitúa en los 266.719 millones de euros.

Una de las prioridades de estos presupuestos es mitigar el impacto que la alta inflación derivada de la guerra en Ucrania tiene en los colectivos más vulnerables. El Ingreso Mínimo Vital se incrementa un 8,5%, del que se beneficiarán 1,2 millones de personas.

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El IPREM, el índice de referencia utilizado para la concesión de numerosas ayudas, crece un 3,6% y se situará en los 600 euros. Además, el bono social térmico se eleva en 102 millones.

Desglose por títulos

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El Título I aprueba la totalidad de los estados de ingresos y gastos del sector público estatal y se consigna el importe de los beneficios fiscales que afectan a los tributos del Estado.

El Título II, estructurado en tres capítulos, regula en su Capítulo primero, la gestión de los presupuestos docentes. También, en el segundo se recogen competencias específicas en materia de modificaciones presupuestarias en el ámbito del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y del Instituto de Mayores y Servicios Sociales.

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El Capítulo III establece el porcentaje de participación de la AEAT en la recaudación bruta obtenida en 2023 derivada de su actividad propia, fijándose dicho porcentaje en un 5 por ciento.

En el Título III se recogen los gastos de personal, que experimentarán un crecimiento del 3,5 por ciento respecto de los vigentes a 31 de diciembre de 2022, así como la tasa de reposición, que será de 120% en los sectores prioritarios y en los demás sectores del 110%, en la oferta de empleo público.

El Título IV trata sobre las pensiones públicas. No se fija el porcentaje de incremento sino que se establece el procedimiento para su determinación. De este modo, las pensiones experimentarán un incremento porcentual igual al valor medio de las tasas de variación interanual expresadas en tanto por ciento del IPC de los doce meses previos a diciembre de 2022.

El Título V, «De las Operaciones Financieras», se estructura en tres capítulos, relativos, respectivamente, a deuda pública, avales públicos y otras garantías y relaciones del Estado con el Instituto de Crédito Oficial. El importe máximo de los avales a otorgar por el Consejo de Ministros no podrá exceder de 500.000 miles de euros.

Modificaciones tributarias

Recogidos en el título VI, destacan los siguientes en los diferentes impuestos:

IRPF

En relación con los trabajadores y pensionistas, se eleva la cuantía de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo y el umbral a partir del cual resulta aplicable. De esta forma, se incrementa la cuantía de salario bruto anual a partir de la cual se empieza a pagar dicho impuesto, desde los 14.000 euros anuales vigentes en la actualidad hasta los 15.000 euros anuales.

Además, dicho incremento de la reducción se extiende hasta afectar a contribuyentes con un salario bruto anual de hasta 21.000 euros, de manera que se ve afectado por la medida un alto número de trabajadores y pensionistas.

Se eleva el umbral inferior de la obligación de declarar de los perceptores de rendimientos del trabajo a 15.000 euros anuales, al no tener que tributar por este Impuesto respecto de tales rendimientos.

En iguales cuantías, se eleva la reducción aplicable a los trabajadores autónomos económicamente dependientes. Además, para el resto de trabajadores autónomos que determinen su rendimiento neto con arreglo al método de estimación directa simplificada, durante el período impositivo 2023 se eleva al 7 por ciento el porcentaje de gastos deducibles en concepto de provisiones y gastos de difícil justificación.

Para aquellos que determinan el rendimiento neto de su actividad económica con arreglo al método de estimación objetiva, se eleva al 10 por ciento la reducción general aplicable sobre el rendimiento neto de módulos obtenido en el período impositivo 2023.

Impuesto de Sociedades

Con la finalidad de reducir la carga tributaria de las pequeñas empresas, se rebaja en dos puntos porcentuales el tipo de gravamen aplicable a aquellas entidades que tengan un importe de la cifra de negocios inferior a un millón de euros en el periodo impositivo anterior.

IVA

Se prorrogan para el período impositivo 2023 los límites para la aplicación del régimen simplificado y el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, en el Impuesto sobre el Valor Añadido.

IAE

Se crean en la sección segunda dos nuevos grupos para, por un lado, clasificar de forma específica la actividad ejercida por los escritores y guionistas, y, por otro, recoger aquellos otros profesionales relacionados con las actividades artísticas y culturales distintas de las clasificadas en la sección tercera.

También se añade un nuevo grupo para incorporar de manera expresa a los guías de montaña, con el fin de otorgar mayor seguridad jurídica a la clasificación de esta actividad.

Por último, se crea un nuevo grupo en la sección tercera al objeto de clasificar de forma específica a los compositores, letristas, arreglistas y adaptadores musicales.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Se actualiza en un 2 por ciento la escala de gravamen de los títulos y grandezas nobiliarios

Entidades Locales y Comunidades Autónomas

El Título VII se estructura en dos capítulos, dedicados respectivamente, a Entidades Locales y Comunidades Autónomas.

Se recoge la regulación de los regímenes especiales de participación de Ceuta y Melilla, de las entidades locales de las Islas Canarias, así como al relativo a las entidades locales de los Territorios Históricos del País Vasco y Navarra.

No obstante, esta regulación se completa con otras transferencias, constituidas por la compensación a los ayuntamientos de los beneficios fiscales concedidos a las personas físicas o jurídicas en los tributos locales.

Cotizaciones sociales

El Título VIII, bajo la rúbrica «Cotizaciones Sociales», contiene la normativa relativa a las bases y tipos de cotización de los distintos regímenes de la Seguridad Social, procediendo a su actualización.

Consta de tres artículos relativos, respectivamente, a «Bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional durante el año 2023» y «Cotización a las Mutualidades Generales de Funcionarios para el año 2023» y «Cotización a derechos pasivos».

Fuente del análisis de los Presupuestos: ElDerecho.com

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