jueves, 21 de noviembre del 2024

El TS fija que los clubes de alterne deben dar de alta a sus empleadas aunque ejerzan la prostitución por cuenta propia

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Josep Herrera
Josep Herrera
Periodista Journalist Press                                                                                                                                                                             diariolasrepublicas@gmail.com
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Los magistrados de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) han incidido en que la prostitución «resulta contraria a la dignidad humana» y que no se puede considerar objeto de un contrato de trabajo. Pero han subrayado, sin embargo, que la actividad de alterne sí tiene carácter laboral «siempre que se acredita la ajenidad de la prestación y la dependencia de dicha actividad en el seno de una organización empresarial».

Para el Supremo, la razón fundamental radica en que «la actividad de alterne genera unos rendimientos económicos, consecuentes a la previa organización de capital y trabajo, que deben estar sometidos a las condiciones tributarias y laborales que protejan a los trabajadores».

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En 18 folios, el tribunal ha estudiado el caso de un club de alterne de Cantabria en el que agentes de la Guardia Civil y miembros de la Inspección de Trabajo hicieron un control de documentación en 2016. En dicho local se identificaron 18 trabajadores. El gerente, un encargado, un camarero y una cocinera estaban dados de alta en la Seguridad Social; «14 mujeres ejerciendo el alterne no se encontraban dadas de alta».

En una sentencia, según indica Europa Press, consta que «estas mujeres ejercían labores de ‘alterne’, captando clientes para incentivar el consumo de bebidas y recibiendo una retribución consistente en una comisión por cada copa en función del precio». El pago, previamente acordado, era efectuado por la empresa, no por los clientes.

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Las mujeres tenían un horario que coincidía con la apertura y el cierre del local: desde las cinco de la tarde hasta las cinco de la madrugada. «Algunas disponían de habitaciones para pernoctar en el establecimiento por las que no pagaban nada si no las utilizaban para realizar algún servicio. Todas las mujeres vestían ropas de similares características, llamativas y provocativas», consta en la resolución.

Tres ‘trabajadoras del sexo’ en un prostíbulo.

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«‘Legalizando’ la prostitución… si es lo que no logre España… para mal, claro.»

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