A partir del 1 de octubre los trabajadores a tiempo parcial conseguirán una de las reivindicaciones más importantes de este colectivo, que están en torno 2,5 millones: una jornada laboral, cualquiera que sea el horario efectivo de trabajo, equivaldrá a un día de cotización a la Seguridad Social, como ocurre con los trabajadores a tiempo completo.
Esta es una de las medidas más importantes que ha introducido el Real Decreto Ley sobre la última parte de la reforma de las pensiones, que aprobó el Consejo de Ministros del pasado día 16. La mejora de las condiciones de los trabajadores a tiempo parcial para acceder y mejorar la pensión no estaba entre las grandes cuestiones de la reforma de las prestaciones anunciadas por el Gobierno, pero sí está integrada entre las 56 páginas del Real Decreto Ley.
La norma modifica los artículos 247 y 248 de la Ley General de la Seguridad Social. Incluso extraña que el Ejecutivo no haya explicado también esta modificación de la Ley General de la Seguridad Social cuando beneficia a 2,5 millones de trabajadores. Sin embargo, la exposición de motivos explica con claridad la mejora de los empleados a tiempo parcial, en el acceso y en la cuantía de la pensión.
“Se equipara el trabajo a tiempo parcial con el de tiempo completo a efectos del cómputo de los períodos cotizados para el reconocimiento de todas las pensiones”. Es decir, “de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia”. Supervivencia es como se conoce a las de viudedad. Tal como explica Expansión, en su versión impresa.